Sociedades Comerciales


Sociedad Colectiva Comercial

El contrato de constitución es solemne, se forma y prueba por escritura pública, cuyo extracto se debe inscribir en el Registro de Comercio de Chile y se publica en el Diario Oficial.

Las menciones esenciales son:
  • El nombre completo de los socios, pues es un contrato que se celebra en atención de las personas.
  • El domicilio social, pues este determinará la competencia del Conservador de Bienes Raíces, de los Tribunales de Justicia.
  • La nacionalidad de la sociedad para definir la legislación aplicable.

Los socios responden en forma solidaria de las obligaciones sociales contraídas bajo la razón social, es decir, se puede perseguir a cualquier socio para el cumplimiento de una obligación social.
De acuerdo a la ley y a las instrucciones del SII las sociedades comerciales descritas constituyen personas jurídicas, que deben obtener RUT y hacer Inicio de Actividades, en forma simultánea, a través del Formulario 4415, pues son susceptibles de ser sujetos de impuestos en razón de las actividades y negocios que realizan.

Ante el SII, para la obtención de RUT e Inicio de Actividades el inversionista deberá presentar:
  1. Original o fotocopia de la escritura pública de constitución, legalizada ante Notario con su constancia de su inscripción el Registro de Comercio.


Sociedad de Responsabilidad Limitada




Son sociedades de personas en que los socios responden hasta el monto de sus aportes.
La sociedad de responsabilidad limitada sea civil o comercial es siempre solemne, debe constar en escritura pública, cuyo extracto debe inscribirse en el Registro de Comercio y publicarse en el Diario Oficial.
Las modificaciones sociales son todos actos que deben cumplir las mismas formalidades de la constitución. En lo no previsto por la ley que trata las sociedades de responsabilidad limitada se rigen supletoriamente por las normas de la sociedad colectiva contempladas en el Código Civil y en el Código de Comercio.

De acuerdo a la ley y a las instrucciones del SII, las sociedades comerciales descritas constituyen personas jurídicas que deben obtener RUT y hacer Inicio de Actividades, en forma simultánea, a través del Formulario 4415, pues son susceptibles de ser sujetos de impuestos en razón de las actividades y negocios que realizan.

Ante el SII, para la obtención de RUT e Inicio de Actividades el inversionista deberá presentar:
  1. Original o fotocopia ante Notario de la escritura pública de constitución, con constancia de su inscripción el Registro de Comercio.
  2. Original o fotocopia de la publicación en el Diario Oficial del extracto.

Sociedad En Comandita

En este tipo de sociedad existen dos clases de socios:
  • Los gestores que son los únicos que tienen la facultad de administración.
  • Los comanditarios que son los socios pasivos o capitalistas.

A su vez hay dos tipos de sociedades en comanditas:
  • Sociedad En Comandita Simple, en que los comanditarios tienen derecho en la sociedad como en las sociedades colectivas.
  • Sociedad En Comandita por Acciones en que se emiten acciones que representan los derechos de los socios al igual que en las sociedades anónimas.

La comandita simple civil es consensual, y ante el SII, para la obtención de RUT e Inicio de Actividades, el inversionista deberá presentar original o fotocopia, legalizada ante Notario, del Contrato Social, firmado por todos los socios, sea que conste en escritura pública o escritura privada autorizada ante Notario.

La comandita simple comercial y la comandita por acciones son solemnes. Estas últimas deberán cumplir los trámites ya señalados para las sociedades que exigen solemnidades en su constitución, modificación y extinción.

De acuerdo a la ley y a las instrucciones del SII, las sociedades comerciales descritas constituyen personas jurídicas que deben obtener RUT y hacer Inicio de Actividades, en forma simultánea, a través del Formulario 4415, pues son susceptibles de ser sujetos de impuestos en razón de las actividades y negocios que realizan.

Ante el SII, para la obtención de RUT e Inicio de Actividades el inversionista deberá presentar:
  1. Original o fotocopia ante Notario de la escritura pública de constitución, con constancia de su inscripción el Registro de Comercio.
  2. Original o fotocopia de la publicación en el Diario Oficial del extracto.
Sociedad Anónima

Es definida en la ley, como una persona jurídica formada por la reunión de un fondo común, suministrado por accionistas responsables sólo por sus respectivos aportes y administrada por un directorio integrado por miembros esencialmente revocables.

La sociedad anónima tiene las mismas características que las otras sociedades, es una persona jurídica, sus socios accionistas aportan dinero o bienes estimados en dinero, persigue fines de lucro, las pérdidas las soporta el fondo constituido por los accionistas, pero se distinguen de las demás pues los derechos de los socios están representados por acciones que constan en un título.

La administración se efectuá por 2 órganos colegiados, la junta de accionistas y el directorio, el cual designa un gerente. Los derechos de los socios son representados en acciones de libre cesibilidad.

Estas sociedades son siempre comerciales, aun cuando se formen para fines civiles. La sociedad anónima es de carácter solemne, tanto en su constitución, modificación y disolución, pues se forma y prueba por escritura pública, cuyo extracto se inscribe en el Registro de Comercio y se publica en el Diario Oficial.

Las sociedades anónimas pueden ser abiertas o cerradas.

Las sociedades anónimas abiertas, son aquellas que pueden ofrecer públicamente sus acciones, para lo cual deben inscribirse en el Registro de Valores dentro de los 60 días desde su formación, quedando sujetas a la fiscalización de la Superintendencia de Valores y Seguros (SVS). Tratándose de entidades bancarias, éstas son fiscalizadas por la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras.

Las sociedades anónimas cerradas no pueden hacer oferta pública de sus acciones, salvo que se sometan voluntariamente a la fiscalización de la SVS. En cualquier caso, las sociedades anónimas abiertas podrán pasar a ser cerradas por acuerdo de la junta de accionistas, dejando de estar inscritas en el registro de Valores y no quedando sometidas a la Fiscalización de Superintendencia de Valores y Seguros. La ley no exige un capital mínimo para su constitución, salvo en el caso de sociedades anónimas especiales como el caso de los bancos o compañías de seguros.

De acuerdo a la ley y a las instrucciones del SII, las sociedades comerciales descritas constituyen personas jurídicas que deben obtener RUT y hacer Inicio de Actividades, en forma simultánea, a través del Formulario 4415, pues son susceptibles de ser sujetos de impuestos en razón de las actividades y negocios que realizan.

Ante el SII, para la obtención de RUT e Inicio de Actividades el inversionista deberá presentar:
  1. Original o fotocopia ante Notario de la escritura pública de constitución, con constancia de su inscripción el Registro de Comercio.
  2. Original o fotocopia de la publicación en el Diario Oficial del extracto.
En todos los tipos de personas jurídicas descritas, además se deben presentar los siguientes antecedentes:
  1. Cédula Nacional de Identidad del Representante. Si éste es extranjero, Cédula de Identidad de Extranjeros y Cédula RUT .
  2. Si actúa por mandatario: Cédula de Identidad del mandatario.
  3. Poder del representante al mandatario ante Notario, Ministro de Fe del SII u Oficial del Registro Civil (cuando no exista Notario).
  4. Original o fotocopia ante Notario de la Cédula de Identidad del representante. Si el representante es extranjero, presentar además Cédula RUT del mismo.
  5. Acreditar el domicilio en la forma indicada en las instrucciones del SII.
Todos los documentos que provengan del extranjero deben estar debidamente legalizados ante el Cónsul de Chile en el país de origen o la autoridad que represente los intereses de Chile en dicho país, y autorizados ante el Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile. Los socios extranjeros de estas sociedades también deberán obtener RUT ante el SII. Para todos los trámites administrativos y societarios señalados, debe tenerse presente la designación de representantes legales con residencia o domicilio en Chile.
Actividad

1) Confeccione un cuadro resumen de cada una de las sociedades, que incluya el nombre de la sociedad y los aspectos más importantes de cada una.

2) La respuesta deberá ser enviada a través del "comentario", o al correo proferbt.gmail.com o desarrollado en el cuadreno.

Evaluación

Presentación de 1 a 10 puntos.
Contenido de 1 a 12 puntos.